OCNF | Juez Federal ordena a Legislativo de Veracruz garantizar derechos reproductivos

Sentencia histórica, juez federal ordena al legislativo de Veracruz garantizar derechos reproductivos.

Xalapa, Veracruz a 5 de julio de 2018.

En fecha 13 de diciembre de 2017 la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) emitió la segunda alerta de violencia de género contra las mujeres; ahora por agravio comparado.

Se llegó hasta ese extremo, luego de que el Estado durante el tiempo que se le concedió para llevar a cabo las recomendaciones del Grupo de Trabajo de Expertas y Expertos en derechos humanos, no cumpliera con las mismas; recomendaciones que se referían básicamente en garantizar el acceso a la interrupción legal del embarazo, la aplicación de la NOM 046-SSA-2005; así como reformar los artículos 149, 150 y 154 al Código Penal del Estado de Veracruz.

Con relación a la reforma de los artículos 149, 150 y 154 al Código Penal del Estado de Veracruz relativas al aborto, el grupo de trabajo recomendó y  los poderes ejecutivo, legislativo aceptaron,  que la reforma sería en los términos dictados en que dicha recomendación señala; sin embargo,  en fecha 28 de septiembre de 2017 la SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO en sesión extraordinaria, expidió el acuerdo en  el que declaró improcedente dictaminar de manera positiva la Iniciativa con Proyecto de  Decreto que reforma del Código Penal, luego de un pronunciamiento plagado de irregularidades.

Ante la omisión por parte del poder legislativo en llevar a cabo la reforma antes señalada, las organizaciones de la sociedad civil Observatorio Ciudadano  Nacional del Feminicidio (OCNF), Justicia Derechos Humanos y Género A.C.; el Colectivo Feminista de Xalapa, A.C. y Colectivo Akelarre A.C. Interpusieron amparo por interés legitimo al ser organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa y protección de los derechos humanos de las mujeres; lo anterior, por considerar que con la omisión de legislar por parte de las diputadas y diputados se vulneran diversos derechos humanos de las mujeres, entre ellas, derechos sexuales y reproductivos, la salud y la vida de las mujeres veracruzanas.

Es así que correspondió por turno al Juzgado Decimoctavo de  Distrito en el Estado de Veracruz con residencia en esta Ciudad Capital de Xalapa, analizar el amparo interpuesto radicado con  número 1191/2017; Es importante destacar, que en dicho juicio, fueron presentados diversos amicus curiae; signados por el Representante en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Directora Ejecutiva de Católicas por el Derecho a Decidir y la Fundación Mexicana para la Planeación Familiar.

Y el día de hoy, comunicamos, que el  3 de julio de 2018, el Juez Decimoctavo de Distrito, emitió resolución dentro del citado juicio, en donde concede el amparo a las organizaciones de la sociedad civil aquí representadas, por haber considerado que la omisión legislativa al no reformar el Código Penal de Veracruz, violenta derecho humano a la protección de la dignidad humana de la mujer, de no discriminación, derecho a la libertad salud sexual y reproductiva, y derecho a la salud de la mujeres veracruzanas.

Y para dar mayor certeza, en la parte resolutiva ordena a la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz, que cumpla con la obligación establecida en la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado de trece de diciembre de dos mil diecisiete, en los siguientes términos:

a) Proceda a realizar la modificación del artículo 149 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, conforme a lo establecido en el Informe del Grupo  de Trabajo, de seis de diciembre de dos mil diecisiete; 

b) Proceda a reformar los artículos 150 y 154 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, conforme a lo establecido en el Informe del Grupo de Trabajo, de seis de diciembre de dos mil diecisiete;

c) Lo anterior, antes de que finalice el segundo periodo ordinario de sesiones de este año de la legislatura, es decir, antes del treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, de conformidad con el artículo 25 de la Constitución Política del Estado de Veracruz.

Por lo anterior, esta resolución, marca un hito importante en materia de derechos humanos y primordialmente el de las mujeres, por estar apegada a los criterios nacionales e internacionales a los que el Estado Mexicano está obligado desde la reforma del 10 de junio de 2011 y por ello, desde luego va nuestro reconocimiento a la autoridad judicial federal por emitirla en estricto apego a esos estándares, a los cuales, por su trabajo realizado es un constante.

Por todo lo anterior, y ya que existe el mandato de una autoridad judicial, exhortamos a las integrantes de la actual legislatura, que como autoridades responsables cumplan de manera inmediata, los términos de la citada sentencia; las exhortamos a que cesen la violación de derechos humanos hacia las mujeres veracruzanas.

Exigencia, que a la luz de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia  en el amparo en revisión 1359/2015, sobre “OMISIONES LEGISLATIVAS. SU CONCEPTO PARA FINES DEL JUICIO DE AMPARO.” no afecta el principio de división de poderes consagrado en el artículo 49 constitucional, pues los tribunales de amparo tienen facultades constitucionales para ordenar la restitución de los derechos de los quejosos estos seas violados por una omisión legislativa.

Como organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, no daremos ni un paso atrás, no descansaremos hasta lograr que las mujeres, pueden ejercer su libertad,  salud sexual y reproductiva, y sobre todo, que tengan garantizada la salud y la vida con un marco legal que no las criminalice.

Atentamente. 

El Frente Veracruzano por la vida y los derechos de las mujeres. 

Fundación Mexicana para la Planeación Familiar A.C

Colectivo Feminista Xalapeño

Colectivo Akelarre

Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF)