Lic. Luis Miranda Nava Secretario de Desarrollo Social |
Lic. Luis Raúl González Pérez Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos |
Ricardo Antonio Bucio Mújica Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA). |
Ing. Silvano Aureoles Conejo Gobernador del Estado de Michoacán |
Dip. Nalleli Julieta Pedraza Huerta Comisión de Derechos HumanosLXXIII Legislatura Congreso de Michoacán |
Mtro. Víctor Manuel Serrato Lozano Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Michoacán |
Lic. Gerónimo Color Gasca Delegado de SEDESOL en Michoacán |
Lic. Humberto Ramírez Jaramillo Presidente Municipal Tanhuato Michoacán |
Lic. Rubén Olvera Arreola Juez Quinto de Distrito en el Estado de Michoacán |
Lic. José́ Ramón Rocha González Juez Octavo de Distrito en el Estado de Michoacán |
La Red Solidaria de Derechos Humanos con domicilio para oír y recibir comunicaciones en Corregidora 1081 col. Centro, CP 58000 en la ciudad de Morelia Michoacán, con correo electrónico [email protected] y el Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social solicitan su intervención urgente ante:
LA TRANSGRESIÓN AL BIENESTAR E INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR PRODUCTO DEL HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS QUE LAS Y LOS TRABAJADORES JORNALEROS P’URHÉPECHA Y SUS FAMILIAS HAN RECIBIDO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ALBERGUE PARA TRABAJADORES JORNALEROS EN TANHUATO MICHOACÁN
Hechos:
El pasado 26 de agosto del presente año, fue reabierto el Albergue Comunitario para Familias Jornaleras Agrícolas Migrantes en el Municipio de Tanhuato Michoacán. Sin embargo, sin causa justificada, se les negó el ingreso a algunas familias jornaleras, entre ellas la integrada por Pedro Matías Morales, su hija menor de catorce años y su nieto menor de seis años, así como la integrada por Karla Yesenia Magaña López, así como sus hijas menores de cinco y tres años de edad.
En respuesta a estos hechos que dejaron a ambas familias en situación de calle, Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López interpusieron los amparos 415/2017, ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en la ciudad de Uruapan y 419/2017, ante el Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en la ciudad de Uruapan, por sí y en representación de sus menores familiares, para solicitar se les garantizara el acceso y uso del albergue en las condiciones óptimas a las que tienen derecho. En ambos amparos se concedieron suspensiones provisionales del acto reclamado, sin embargo la administración del albergue se ha negado a darles acceso a éste.
Las organizaciones firmantes señalamos que a partir de la presentación de ambos amparos, habiéndose concedido la suspensión del acto reclamado (consistente en garantizar el acceso al albergue y poder usarlo en condiciones óptimas de funcionamiento), las familias de Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López además de seguir imposibilitados de hacer uso de las instalaciones del albergue jornalero, han sufrido acciones progresivas de intimidación, que han escalado hasta el punto de recibir amenazas verbales contra su vida y la de sus familias.
Además, en un hecho violatorio del supremo interés de las y los menores, que en más de una ocasión se haya negado el acceso a las niñas y al niño a las instalaciones del albergue, donde tienen otros familiares que los cuidan mientras sus padres y abuelos cumplen con la jornada de trabajo. En el mismo sentido, se les ha restringido la entrada a la escuela primaria “Carlos Monsiváis”, con la única explicación de que al no estar residiendo en el albergue, no tienen derecho a hacer uso de ella.
En el caso del trabajador jornalero Pedro Matías Morales y de la trabajadora jornalera Karla Yesenia Magaña López, la administración del albergue los ha amenazado con meterlos a la cárcel por haber promovido los respectivos amparos, señalándolos frente a la comunidad jornalera del albergue como culpables por el aumento del cobro por las habitaciones y de otras acciones coercitivas, que la propia administración del albergue ha emprendido, con la intención de dividir y generar conflicto entre las familias de la comunidad jornalera de Tanhuato.
Las organizaciones acompañantes pudimos constatar que en el caso de los menores, el no tener acceso al albergue les impide tener un espacio digno para vivir, violenta su derecho a la educación, a la recreación y a una alimentación adecuada, y sobre todo al libre desarrollo de su personalidad, la que tiene que ser siempre, en todo caso, libre de cualquier tipo de violencia. El impacto psicosocial de la vulnerabilidad familiar se manifiesta en los menores a través del llanto, miedo e insomnio, situaciones que se refuerzan pues son testigos de los actos de intimidación por parte de la administración del albergue y han presenciado actos injustificados de parte de la policía hacía ellos y sus familiares.
Contexto
Ambas familias son P’urhépecha, desde hace más de 8 años, Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López viajan desde sus comunidades de origen en la región del lago de Pátzcuaro y se dirigen a Tanhuato para trabajar en el corte del jitomate y chile.
Como antecedente de hechos violatorios por parte de la administración del albergue, consta la queja ZAM/298/16, que en diciembre de 2016, se interpuso ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH). En ella se señaló que la C. Juana Jalomo Gaona, en su calidad de administradora, había anunciado a los trabajadores jornaleros y sus familias que iba a cerrar el albergue, aduciendo el adeudo de algunas familias en el pago de renta de la habitación.
En atención a esta queja, tuvo a lugar una audiencia en febrero de 2017, en la Visitaduría de la CEDH de Zamora, en ella el síndico Lic. Alfonso Rico Curiel presentó un documento en el que se indicaba que la C. Juana Jalomo Gaona ya no trabajaba en la administración del albergue, ni trabajaba como funcionaria pública en el municipio de Tanhuato.
Se procedió a una conciliación y se llegaron a los acuerdos señalados en oficio 668/17, emitido por la Comisión Estatal de Derecho Humanos, entre estos acuerdos, el de coordinar los trabajos necesarios para la actualización del reglamento del albergue con la participación de la comunidad jornalera que lo habita, para que con ello, no hubieran acciones arbitrarias en su administración.
Sin embargo, al momento de la antes señalada reapertura del albergue, la C. Juana Jalomo Gaona fue reinstalada en su calidad de administradora y se promovió la firma de un reglamento, elaborado sin la participación de las familias jornaleras, acción contraria a lo previamente acordado en la audiencia ante la CEDH.
Estos hechos quedaron asentados en la queja ZAM/502/2017, ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en la que también se señaló la negativa por parte de la administración a permitir el acceso al albergue a las familias de Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López.
Por lo anterior la Red Solidaria DH y el Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social solicitamos al gobierno mexicano:
▪ Garantizar el bienestar e interés superior del menor traducido en ordenar y ejecutar las acciones necesarias para otorgar a los menores y sus familiares las facilidades para tener acceso al albergue en un ambiente y espacio digno y seguro para su desarrollo, protegido de cualquier hostigamiento proveniente de las autoridades responsables, se les asegure el ingreso a la escuela primaria “Carlos Monsiváis”, así mismo que se les permita el acceso al comedor del albergue y a los alimentos que ahí deben proporcionarles.
▪ Tomar acciones inmediatas para garantizar la seguridad e integridad física y psicológica de Pedro Matías Morales, su hija menor de 14 años y su nieto menor de 6 años , así como de Karla Yesenia Magaña López y sus menores hijas menores de cinco y tres años de edad.
▪ Verificar y propiciar el cumplimiento de los acuerdos tomados en la audiencia ante la CEDH antes señalada.
▪ Dar seguimiento y tomar las medidas necesarias contra las amenazas y hostigamiento que sufren Pedro Matías Morales, Karla Yesenia Magaña López y sus familias.
▪ Una investigación seria, imparcial y efectiva para asegurar que las autoridades señaladas en los amparos se apeguen al debido proceso y cumplan en todo momento su deber de garantizar el bienestar e interés superior de los menores, así como el derecho a la seguridad y vida digna de Pedro Matías Morales, Karla Yesenia Magaña López y sus familias.
A la sociedad civil y a los organismos nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos que:
▪ Difundan los hechos aquí señalados, toda vez que las familias jornaleras se encuentran ante un riesgo inminente que puede significar perjuicio contra sus vidas.
▪ Hagan del conocimiento de las autoridades señaladas, su preocupación respecto a los hechos aquí referidos.
Organizaciones firmantes
Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social
Red Solidaria DH