Con el fin de documentar el proceso de consulta del Acueducto Independencia y señalar el nivel de cumplimiento de los criterios establecidos para que ésta sea de manera previa, libre, informada y de buena fe, la Misión Civil de Observación (MCO) presenta un informe actualizado sobre este proceso.
El 8 de mayo de 2014, la MCO publicó un informe preliminar en el que señaló un conjunto de irregularidades en el proceso de consulta a la Tribu y emitió recomendaciones al gobierno mexicano para cumplir adecuadamente con los principios del derecho a la consulta. Todo ello en el marco de la ejecución de la sentencia emitida por la SCJN (631/2012) la cual obliga por primera vez en la historia del país a la Semarnat a realizar una consulta a pueblos indígenas.
Dicho informe demuestra graves violaciones a los derechos humanos de la Tribu Yaqui como el derecho a la consulta previa por la construcción, autorización y operación del Acueducto Independencia sin tomar en cuenta la decisión de los yaquis. Asimismo, la consulta informada ha sido vulnerada por la falta de información, claridad y contradicciones. El principio de que la consulta debe ser libre ha sido igualmente violado por la criminalización hacia miembros de la Tribu y por constantes ataques físicos y hostigamientos judiciales. Por último, la consulta no ha sido de buena fe ya que existen mensajes discriminatorios y racistas hacia ellos, lo que limita un diálogo honesto entre los yaquis y el Estado mexicano.
Además, existen violaciones graves a los derechos civiles y políticos así como de sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, pues limitan el acceso a recursos como el agua, salud, alimentación, desarrollo, territorio y goce de sus recursos naturales; además de atentar contra su cultura.
Cabe señalar que no se ha cumplido la sentencia de la SCJN pues aún no concluye el proceso de consulta y aún falta información relevante tal como los documentos donde precise si existe afectación o no a los derechos de los yaquis provocados por el Acueducto y la entrega de un peritaje antropológico que ha solicitado la Tribu Yaqui. Lo cual impide la continuación y la decisión sobre la operación del Acueducto Independencia.
Ante esta situación, en solidaridad hacia la Tribu Yaqui los representantes de la sociedad civil integrantes de la Misión Civil de Observación de la Consulta a la Tribu Yaqui presentan ante la SCJN el informe actualizado sobre el monitoreo y documentación del proceso de consulta de la Tribu Yaqui, con conclusiones y recomendaciones al Estado mexicano tales como:
1. Garantizar la consulta libre respetando la autonomía de la Tribu, dejando en libertad a Mario Luna y Fernando Jiménez y poniendo fin a la criminalización contra los yaquis.
2. Garantizar una consulta de buena fe suspendiendo la operación del Acueducto Independencia que ocasiona un daño irreparable a la Tribu limitando un diálogo sincero entre las partes.
3. Garantizar una consulta informada, entregando los puntos faltantes solicitados por la Tribu Yaqui como el peritaje antropológico.
4. Garantizar el derecho al consentimiento, respetando la decisión de la Tribu frente a la operación del Acueducto, la cual debe tener carácter vinculante para el Ejecutivo Federal.
Desde la Misión estaremos observando de cerca el puntual cumplimiento de la sentencia para garantizar los derechos colectivos de la Tribu Yaqui.
Misión Civil de Observación de la Consulta a la Tribu Yaqui:
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez-Centro Prodh, Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio de Montesinos – CAM, Centro de Investigación y Promoción Social – CIPROSOC, Centro de Reflexión y Acción Laboral de Fomento Cultural y Educativo – CEREAL, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos – CMDPDH, Consultoría Especializada en Justiciabilidad de los DESC – CEJUDESC, DECA Equipo Pueblo, Defensoras voluntarias de Espacio DESC, Espacio de Coordinación de Organizaciones Civiles sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Food First Information and Action Network México – FIAN Sección México, FUNDAR Centro de análisis e investigación, A.C., Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, SJ – IDHIE, Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario – IMDEC, Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos – LIMEDDH, Movimiento de Pueblos, Comunidades y Organizaciones Indígenas del DF, Programa de interculturalidad y asuntos indígenas de la Universidad Iberoamericana, Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la Coalición Internacional para el Hábitat – HIC AL, Proyecto de derecho a la consulta del Instituto de Investigaciones jurídicas PAPIIT, IN302311 de la Universidad Nacional Autónoma de México, Radar-Colectivo de Estudios Críticos en Derecho (Distrito Federal), SERAPAZ Servicios y Asesoría para la Paz, A.C., Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todos y Todas” (Conformada por 74 organizaciones de derechos humanos de 20 estados del país).
Informe: https://redtdt.org.mx/wp-content/uploads/2015/02/informe_yaquisweb.pdf