COMUNICADO DE PRENSA
Ciudad de México, 14 de mayo de 2025 – La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad de votos la sentencia propuesta por la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat en el Amparo Directo en Revisión ADR 5363/2023 sobre el caso de Fátima Varinia Quintana Gutiérrez, la cual reconoce el carácter de víctimas indirectas del delito de feminicidio a la familia de Fátima y , desde una vocación transformadora, fija medidas de reparación integral del daño. Además, la Corte establece que las autoridades no deben exigir formalismos para el reconocimiento de la calidad de víctimas indirectas, sino que debe presumirse por el vínculo directo y las afectaciones materiales e inmateriales derivadas del delito.
En la sentencia, la SCJN reconoce el impacto de los daños por el feminicidio, y establece medidas específicas ante el desplazamiento forzado que vivió la familia derivado del feminicidio de Fátima, que tuvo como consecuencia la muerte del hermano menor de la víctima, Daniel Quintana, en noviembre de 2020. La Corte señala que deberá exhortar a las autoridades del Estado de México a establecer como forma de reparación integral del daño la atención psicológica a cada una de las personas integrantes de la familia que han vivido afectaciones con motivo del desplazamiento forzado, al haberse impuesto como medida de protección.
El Gobierno del Estado de México deberá garantizar atención inmediata y permanente para cualquier situación que requieran las personas sometidas al desplazamiento, especialmente para garantizar su atención económica y habitación digna, así como atención médica adecuada, incluyendo las medidas psicológicas efectivas que sean necesarias, especialmente a menores de edad.
Medidas de no repetición:
Reconocemos que la sentencia de la SCJN incorporó el estándar de vocación transformadora, que se refiere a un enfoque que no solo busque reparar el daño causado sino promover cambios estructurales y sociales para prevenir su repetición, así, ordena al Tribunal de Alzada exhortar a las autoridades del Estado de México involucradas en la materia, para que garanticen las medidas de no repetición señaladas:
Estas medidas buscan visibilizar y prevenir el feminicidio, asegurando que los espacios públicos sean seguros para niñas y mujeres, promoviendo una cultura de respeto y protección en las comunidades, además de incorporar un enfoque para erradicar la violencia ejercida en contra de las infancias, al ser una población que requiere una protección focalizada.
Como parte de la reparación integral del daño, la resolución incluye acciones simbólicas y de memoria que reconocen la vida de Fátima y la exigencia de justicia de su familia:
A diez años del feminicidio de Fátima, ocurrido el 5 de febrero de 2015, esta resolución constituye un paso fundamental en el acceso a la justicia y un precedente histórico en materia de reparación del daño y medidas de no repetición en casos de feminicidio.
¡Justicia para Fátima!
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Acerca del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio
El OCNF es una red conformada por organizaciones de la sociedad civil, defensoras de derechos humanos, colectivos y familiares de víctimas de violencia feminicida, que se constituye con el fin de contribuir en la disminución de la desigualdad, la discriminación y la violencia feminicida en México.