Laguna Larga: 5 años en desplazamiento forzado
Campamento de desplazados Laguna Larga, frontera México – Guatemala
02 de junio del 2022
Hoy se cumplen 5 años de que la comunidad Laguna Larga, con una población de 111 familias (550 personas), fue desplazada por mil 500 elementos de las fuerzas estatales, el Ejército y la Policía Nacional Civil de Guatemala. Personas campesinas, originarias de los pueblos indígenas Maya Q’eqchi, Chuj y población mestiza, se encuentran desde el 2 de junio del 2017 en un campamento improvisado en la línea fronteriza entre México y Guatemala.
En septiembre de 2017, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH-, otorgó Medidas Cautelares a favor de la comunidad, al determinar que el derecho a la vida e integridad personal de los pobladores desplazados se encontraban en una situación de gravedad y urgencia bajo el riesgo de daños irreparables.
Con el desalojo las condiciones de vida de las familias cambiaron drásticamente por la falta de garantías mínimas a las que tiene derecho todo ser humano como alimentación adecuada, acceso a agua potable, salubridad, acceso a una vivienda digna, medicamentos y acceso oportuno a atención médica. La comunidad Laguna Larga continúa viviendo una crisis humanitaria sin precedentes, incluyendo la pérdida de 13 personas. La más reciente es la muerte de Luis Emanuel Hermosilla Suchite, de dos meses de edad, ocurrida el 19 de mayo del 2022 por falta de atención médica oportuna.
El hacinamiento en el que viven, producto de esa crisis humanitaria, ha provocado una serie de enfermedades en la piel, respiratorias y gastrointestinales de las que se desconocen las causas, debido a la indiferencia con la que el Estado de Guatemala ha tratado a las y los pobladores de la comunidad. Es posible afirmar que esta crisis se encuentra en su punto más álgido y puede desencadenar consecuencias aún más graves y lamentables.
En ese contexto, los desalojos en Laguna del Tigre y Sierra de Lacandón agudizan la pobreza y fomentan el desplazamiento y migración a los Estados Unidos. Por esta razón, las comunidades de estas regiones expresan su solidaridad con Laguna Larga y otros desalojos que se dan frecuentemente en el País.
A la fecha no hay voluntad política para resolver, no hay ningún plan de atención integral que contenga soluciones viables y duraderas en favor de Laguna Larga. Pese a la apatía del Estado de Guatemala y la situación de crisis humanitaria en que se encuentra la comunidad, la población no pierde las esperanzas de encontrar una solución justa y que repare los daños ocasionados a las vidas, sus tierras y bienes.
Por lo anteriormente expuesto, la comunidad y las organizaciones que acompañamos demandamos y solicitamos al Estado de Guatemala, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala:
1. Que el Estado de Guatemala, de forma urgente y con base a los principios constitucionales de protección a la persona, resuelva la situación de las personas desalojadas de Laguna Larga, garantizando el futuro de las presentes y futuras generaciones de la comunidad.
2. Que el Estado de Guatemala en forma urgente y por la grave situación que continúa en el campamento atienda la crisis humanitaria que sufre la comunidad.
3. Que el Estado cumpla en proteger los derechos a la vida y la integridad personal de las personas beneficiarias de la medida cautelar, en especial de los niños, niñas, mujeres y personas mayores.
4. Solicitamos a la CIDH que realice con urgencia una visita in situ para verificar las condiciones del campamento, a la vez de solicitar Medidas Provisionales a la Corte IDH por la gravedad en la que se encuentra la vida de las familias y por las muertes que continúan ocurriendo, frente a la incapacidad del Estado para dar cumplimiento a sus obligaciones internacionales en Derechos Humanos.
5. Se cumpla por el Presidente de la República de Guatemala la sentencia de Corte de Constitucionalidad de fecha 29 de enero de 2021 y se garantice el derecho fundamental al mínimo vital que abarca, entre otras obligaciones para el Estado: i) el aseguramiento de condiciones materiales mínimas de existencia; ii) la protección a la persona contra toda forma de degradación que comprometa su valor intrínseco; iii) la satisfacción de necesidades materiales básicas que permitan el libre desarrollo de las personas. Incluyendo el derecho a la reparación y acceso a la tierra en condiciones de dignidad.
6. Se garantice la protección de los enseres, propiedades y cosechas que les fueron despojados antes de su desplazamiento así como el acceso a ellos para cubrir parte de sus necesidades de subsistencia.
7. Se garantice el acceso a una alimentación en términos nutricionales y culturales adecuados así como de agua potable, protección de la vida e integridad de niños y niñas que padecen desnutrición.
8. Se garantice alojamiento en condiciones adecuadas de habitabilidad y salubridad así como vestimenta que ofrezcan protección del calor, lluvia, viento y otras amenazas a la salud, así como condiciones de seguridad. Se garantice continuidad en la educación, servicios de asistencia y cuidado para niños y niñas.
9. Tratamiento médico adecuado para las patologías, padecimientos y enfermedades de la población beneficiaria de conformidad con los estándares internacionales aplicables, incluyendo un tratamiento médico especializado para quienes padezcan enfermedades crónicas, así como de servicios de atención especializados en salud de la mujer, salud materna, así como para niños, niñas y personas mayores en condiciones de asequibilidad y accesibilidad.
10. Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así prevenir su repetición.
11. Retorno urgente a sus tierras, por razones humanitarias, hasta que se garantice la reparación de los daños y la reubicación con las condiciones de seguridad y dignidad para la comunidad.
12. Se realicen investigaciones y se presenten informes por parte de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala.
Atentamente: