PRONUNCIAMIENTO | OSC SOLICITAMOS QUE SE GARANTICEN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS DE JALISCO

PRONUNCIAMIENTO | OSC SOLICITAMOS QUE SE GARANTICEN LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS DE JALISCO

● Es importante que se investiguen las presuntas graves violaciones de derechos humanos
ocurridas en días recientes en la Comisaría de Sentenciados, garantizando la protección de
las víctimas a fin de evitar que sufran represalias


● Es urgente que las autoridades de Jalisco reconozcan y atiendan de manera pronta,
oportuna y eficaz el autogobierno, el hacinamiento y sobrepoblación en los centros
penitenciarios de la entidad, identificada por los organismos públicos de protección de
derechos humanos


El pasado 9 de abril de 2022, el periódico Mural, de Grupo Reforma informó 1 que 12
hombres con discapacidad psicosocial que se encuentran privados de la libertad en la
Comisaría de Sentenciados del complejo de Puente Grande, Jalisco fueron atados con
candados en unas bancas, donde permanecieron hasta tres días bajo el sol sin permitirles
realizar sus necesidades básicas. Además, que un par de personas privadas de la libertad
en dicho centro penitenciario presuntamente fueron violadas, de acuerdo con lo
documentado por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), de la
Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en su visita de supervisión realizada el
24 de marzo del presente año.


De acuerdo con la información publicada por Mural, obtenida del oficio CNDH/DEMNPT/017/2022, estos hechos supuestamente fueron cometidos por personas privadas de la libertad que pertenecen al autogobierno de dicho centro penitenciario, y se sugiere que no solo actuaron con el permiso de las autoridades penitenciarias, sino que los responsables habrían obedecido órdenes de las y los servidores públicos que laboran en dicha institución. Asimismo, la nota periodística señala que en su visita el MNPT documentó que el centro penitenciario no contaba con protocolos o manuales que justificaran este tipo
medidas o sanciones, ni de monitoreo médico para su aplicación.

Como respuesta a estos hechos, de acuerdo a la información publicada el 17 de abril por el mismo medio de comunicación 2, la dirección de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco informó que atendió las medidas solicitadas para salvaguardar la integridad de los internos en el reclusorio de sentenciados y, en consecuencia, brindó la atención correspondiente a las 12 víctimas y recabaron evidencia del estado físico y mental que sufrieron derivado del castigo. Además, informaron que el encargado de la Subdirección de Vigilancia y Custodia de la Comisaría de Sentenciados, Juan Hernández Hernández, fue removido de su cargo. 3

Por lo anterior, las organizaciones firmantes condenamos los hechos denunciados, mismos que constituyen presuntos actos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y que se derivan de las omisiones constantes por parte de las autoridades penitenciarias y el gobierno estatal para garantizar los derechos humanos, en particular la integridad, de las personas privadas de la libertad.

Asimismo, externamos nuestra preocupación porque estos hechos no hayan sido denunciados previamente por ninguna autoridad penitenciaria, a pesar de que las personas llevaban varios días sometidas a esta situación.


Al respecto, la CNDH desde 2011 4 ha documentado y señalado la existencia del autogobierno en dicho centro penitenciario, sin que a la fecha se hayan tomado las medidas adecuadas para atender esta problemática. Dicha institución también recomendó en 2017 5 una serie de acciones encaminadas a prevenir y atender las condiciones de autogobierno en los centros penitenciarios tales como I) la implementación de programas de monitoreo permanente para verificar el estado que guarda la seguridad y las condiciones de gobernabilidad en los centros penitenciarios e instrumentar un programa de mejora continua que contemple su control y gobierno de forma integral; II) identificar a las personas
servidoras públicas que indebidamente propician o facilitan las condiciones de autogobierno y/o cogobierno y proceder contra ellas administrativa o penalmente, entre otras.


Por su parte, la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) también ha documentado la existencia del autogobierno, así como otras problemáticas como la falta de personal de seguridad y custodia, mismas que han propiciado la comisión de violaciones a derechos humanos en contra de las personas privadas de la libertad. En este sentido, se ha solicitado al Secretario de Seguridad, a la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, así como al Congreso del Estado destinar mayores partidas presupuestales para que se contrate al personal de seguridad y custodia necesarios, y que se lleven a cabo las medidas necesarias a fin de erradicar el autogobierno, el hacinamiento y sobrepoblación, ya que estas últimas además de ser violatorias a los derechos humanos, propician la falta de control en los centros penitenciarios 6.

La falta de atención de las problemáticas mencionadas además de constituir un incumplimiento de las recomendaciones realizadas por organismos públicos de protección de los derechos humanos, resulta violatorio a las normas nacionales como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Nacional de Ejecución Penal, y de diversos instrumentos internacionales tales como las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las y los Reclusos.

El incumplimiento de dichas recomendaciones y normas nacionales e internacionales ha traído como consecuencia que además de los hechos denunciados recientemente, dentro de la Comisaría de Sentenciados se han suscitado incidentes de violencia entre las mismas personas privadas de la libertad que ha derivado en la muerte de varias de ellas, tal como ocurrió el pasado 22 de mayo de 2020 7. Por lo que resulta indispensable que de manera urgente y prioritaria se atiendan las problemáticas que se presentan en dicho centro penitenciario y en los demás centros de reclusión, a fin de que sean garantizados los derechos de las personas privadas de la libertad.

Por lo anterior, realizamos las siguientes exigencias:
Al Gobierno del Estado de Jalisco, la Secretaría de Seguridad Pública y la Dirección General de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco:


● Garantizar los derechos de las personas que se encuentran privadas de la libertad en los 14 centros penitenciarios de la entidad.
● Reconocer y atender de manera pronta, oportuna y eficaz las problemáticas identificadas por los organismos públicos de protección de derechos humanos en los centros penitenciarios, en particular de la Comisaría de Sentenciados.
● Diseñar e implementar un plan de prevención, atención y erradicación de la sobrepoblación, hacinamiento y el autogobierno, tomando en consideración los estándares nacionales e internacionales, así como las múltiples recomendaciones realizadas por los organismos públicos de derechos humanos.
● Que se contrate al personal de seguridad y custodia suficiente que responda a las características y necesidades de dicho centro penitenciario.

A la Dirección General de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco:
● Diseñar e instrumentar I) mecanismos de prevención y atención de incidentes violentos en los centros penitenciarios bajo una perspectiva de derechos humanos; II) mecanismos efectivos y seguros de denuncia de violaciones de derechos humanos dentro de los centros penitenciarios y, III) políticas encaminadas a asegurar la integridad de las personas privadas de la libertad que se encuentran en
una situación de mayor vulnerabilidad.


A la Unidad Especializada de Investigación del Delito de Tortura:
● Iniciar y llevar a cabo de manera eficaz, oportuna y diligente las investigaciones correspondientes por la comisión de los presuntos actos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que se deprenden de los hechos denunciados, garantizando en todo momento la protección de las víctimas a fin de evitar que sufran alguna represalia, de tal modo que dichas investigaciones lleven a la identificación y sanción de las personas responsables por acción, omisión o aquiescencia, así como que las víctimas sean reparadas.


A la Comisión Estatal de Derechos Humanos:
● Llevar a cabo las investigaciones por las presuntas graves violaciones de derechos humanos ocurridos en días recientes en la Comisaría de Sentenciados, lo anterior en coordinación con su homóloga a nivel nacional, a fin de retomar la información doumentada por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y, en caso de confirmarse las violaciones, emitir la recomendación correspondiente donde se
establezcan las medidas de reparación integral, mismas que deberán ser diseñadas en conjunto con las víctimas.


A la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas:
● Inscribir a las víctimas de las presuntas graves violaciones de derechos humanos cometidas en la Comisaría de Sentenciados, al Registro Estatal de Víctimas y que se les proporcione las medidas de ayuda, asistencia, atención y reparación integral.

Al Congreso del Estado de Jalisco:
● Que en coordinación con las autoridades penitenciarias, diseñen y destinen un presupuesto adecuado para atender las deficiencias en los centros penitenciarios del estado de Jalisco; en particular las condiciones de hacinamiento, sobrepoblación y la insuficiencia de personal de seguridad y custodia.

Atentamente

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (Red TDT)
Observatorio Contra la Tortura

Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A. C. (Centro PRODH)
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos, A. C. (CMDPDH)

Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social, A. C.
Fundar, Centro de Análisis e Investigación, A. C.
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C. (CEPAD)
Centro de Estudios y Acción por la Justicia, A.C. (CEA Justicia)

Laboratorio de Litigio Estructural, A.C.

Red Nacional de Peritos/as y Expertos/as Independientes Contra la Tortura

Colectivo contra la Tortura y la Impunidad, A. C (CCTI)
Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (AsiLegal)
Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, A.C. (CDH Paso del Norte)
Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)

REFERENCIAS:

7) Para conocer más sobre estos hechos ver:
https://cepad.org.mx/2020/06/urge-que-se-implementen-mecanismos-de-rendicion-de-cuentas-sobre-los-incidentes-violentos-e
n-puente-grande-y-que-se-atienda-el-autogobierno/

6) Estas problemáticas y peticiones quedaron plasmadas en las recomendaciones 1/2016, 11/2016, 17/2017, 31/2018, 12/2020,
15/2020 y 186/2020 emitidas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco. Disponible en:
http://cedhj.org.mx/reco2022.asp

5) CNDH (8 de mayo de 2017) “Recomendación General No. 30/2017 sobre condiciones de autogobierno y/o cogobierno en los
centros penitenciarios de la República Mexicana”. Disponible en:
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones/Generales/RecGral_030.pdf

4) Estas problemáticas fueron documentadas en los Diagnósticos Nacionales de Supervisión Penitenciaria correspondientes a
los años 2011 – 2019, mismos que pueden ser consultados en el siguiente enlace:
https://www.cndh.org.mx/web/diagnostico-nacional-de-supervision-penitenciaria

3) Noe Magallón (13 abril 2022)“Cae funcionario tras tortura a reos”. Disponible aquí

2) Noe Magallón (17 abril 2022). “Tras caso de tortura, autoridades toman medidas”. Disponible aquí


1) Grupo Reforma. (9 abril 2022). “Atan a reos a bancas por 3 días bajo el sol en Puente Grande”. Disponible aquí

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