México atraviesa una grave crisis en materia de derechos humanos, donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene un papel fundamental para garantizar la vigencia del Estado Democrático de Derechos y una plena vigencia de los derechos humanos. Es el máximo órgano de justicia de la Federación, así como la cabeza del Poder Judicial de la Federación. Los procesos de corrupción e impunidad que se viven actualmente pueden ser aminorados a través de sentencias que cumplen la promoción, defensa, garantía y protección de los derechos humanos y el seguimiento en el cumplimiento de las mismas. En las semanas que vienen, se está por llenar una vacante en la SCJN, y la Corte elegirá a un nuevo o una nueva Presidenta.
Es fundamental para la justicia mexicana que la SCJN sea integrada solamente por las y los profesionales más capaces, íntegros e idóneos. La única manera para garantizar esto es a través de procedimientos públicos, transparentes y participativos de selección, que estén basados en una rigurosa evaluación del perfil de quienes postulan como lo especifican estándares internacionales establecidos por el Sistema de Naciones Unidas así como por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Las organizaciones abajo firmantes llaman al Estado mexicano a respetar estos estándares.
Los Principios Básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la Judicatura, establecen en su principio 10 que “las personas seleccionadas para ocupar cargos judiciales serán personas íntegras e idóneas y tendrán la formación o las calificaciones jurídicas apropiadas. Todo método utilizado para la selección de personal judicial garantizará que éste no sea nombrado por motivos indebidos. En la selección de los jueces, no se hará discriminación alguna…”
El sistema interamericano ha abordado la selección de jueces y magistrados a través de varios informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) – más recientemente, a través del informe “Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas”, publicado en el 2013- y la Corte Interamericana se ha pronunciado sobre el tema en diversas sentencias (por ejemplo, en los casos Tribunal Constitucional vs. Perú, Reverón Trujillo vs. Venezuela, y Chocrón Chocrón vs, Venezuela).
En su reciente informe “Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas”, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció que los estándares interamericanos aplicables a procesos de selección de magistradas y magistrados son: garantizar la igualdad de condiciones y no-discriminación de las y los postulantes, lo cual incluye procurar que haya diversidad de género y etnias en las cortes; hacer una selección con base en el mérito y las capacidades, tomando en cuenta las especificidades de la función a desempeñarse; procurar que haya publicidad, claridad y transparencia en todas las etapas del proceso para garantizar la participación del público, y celebrar audiencias o entrevistas públicas con las y los candidatos; garantizar un período de duración en el nombramiento definido y suficiente; garantizar que la intervención de órganos políticos en el proceso de selección y nombramiento no afecte la independencia judicial.
Por lo anterior, las organizaciones firmantes consideramos que el estado mexicano debe tomar las siguientes acciones en cuanto al proceso de selección de nuevos(as) integrantes de la SCJN:
En cuanto a la elección de un(a) nuevo(a) Presidente de la SCJN, las personas y organizaciones firmantes consideramos que es de la mayor importancia que:
En atención a esto, las personas y organizaciones firmantes solicitamos se cumplan mínimamente estas reglas tanto para la elección de la nueva/o integrante de la SCJN y para la designación de su Presidente y a la brevedad se transparenten los perfiles, procedimientos y demás información que permita tener una elección transparente para la sociedad. De no cuidarse a cabalidad el proceso, la SCJN estará abonando al clima de impunidad y desconfianza hacia las instituciones del Estado.
Firman:
Miguel Sarre, profesor del ITAM
Artículo 19
Casa del Migrante de Saltillo
Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria A.C.
Centro de Derechos Humanos para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios A.C.
Centro de Derechos Humanos Juan Gerardi A.C
Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos
Colectivo Migraciones para las Américas
Instituo Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C.
Fundación para el Debido Proceso
Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho
FUNDAR, Centro de análisis e investigación
Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” (conformada por 74 organizaciones en 21 estados de la República mexicana)
Serapaz
SMR Scalabrinianas: misión para Migrantes y Refugiados