En agosto de 2017, el Grupo de Trabajo concluyó que la detención de los Sres. García y Alpízar era arbitraria, por ausencia de base legal y por haber sido impuesta mediante un procedimiento que no respetó las garantías básicas de un juicio justo. (Ver opinión 66/2017)
“Los Sres. García y Alpízar habrían sido detenidos sin una orden arresto y no fueron llevados sin demora ante un juez” indicó Leigh Toomey, Vicepresidenta del Grupo de Trabajo. “Adicionalmente, no se respetó la presunción de inocencia y fueron presuntamente sometidos a torturas, con el propósito de extraer de ellos confesiones o declaraciones incriminatorias”.
La opinión 66/2017 del Grupo de Trabajo fue transmitida al Gobierno de México el 2 de octubre de 2017. El 13 de abril de 2018, el Grupo de Trabajo solicitó al Gobierno información sobre las medidas adoptadas para implementar la misma.
El Grupo de Trabajo ha recibido información reciente sobre la continua negación de la libertad de los dos detenidos en México. Tampoco hay evidencia de que se haya investigado y sancionado la presunta tortura que les ha sido infligida.
Actualmente hay dos recursos de apelación que revisan la legalidad de una decisión negando acordar medidas alternativas a la prisión preventiva.
El Grupo de Trabajo desea recordar que la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolución 60/251, párrafo 9, decidió que los Estados que sean “miembros elegidos al Consejo [de Derechos Humanos] deberán aplicar las normas más estrictas en la promoción y protección de los derechos humanos.” En vista de la gravedad y prolongación de la detención arbitraria de los Sres. García y Alpízar, así como de las consideraciones hechas en la Opinión 66/2017, el Grupo de Trabajo reitera el urgente llamado a México, miembro del Consejo de Derechos Humanos, a que devuelva la libertad plena a los Sres. García y Alpízar.