OCNF | Morelos: omite identificar dinámicas delictivas que atentan contra las mujeres

Cuernavaca, Morelos a 28 de junio de 2018.

A casi tres años de que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) emitió la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Morelos, el gobierno estatal continúa incumpliendo recomendaciones fundamentales para garantizar la vida e integridad de las mujeres.

En el Informe “Implementación del Tipo Penal del Feminicidio: Desafíos para acreditar las razones de género 2014-2017” el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) documentó el asesinato de 257 mujeres en dicho periodo, de las cuales en 105 se iniciaron investigaciones como feminicidio, es decir en el 41%.

Cabe señalar que las autoridades del estado no proporcionaron información desagregada ni las especificidades de los feminicidios, tampoco las formas cómo fueron asesinadas las mujeres. Sólo proporcionó datos generales  referentes a  2017.

De los 28 feminicidios documentados en el último año, la autoridad únicamente afirmó que las mujeres estaban en el rango de los 16 a los 35 años; que fueron asesinadas a través de proyectiles de arma de fuego; o a través de golpes y asfixia. El lugar en donde fueron encontradas las mujeres víctimas de feminicidio referidos son: Casa habitación, bares y ríos. 

Sobre el estatus jurídico de los asesinatos de mujeres registrados por las autoridades de 2014 a 2017, la Fiscalía de Morelos informó que de los 257 casos,158 están en investigación y 40, es decir solo el 16%, tienen una sentencia.

De acuerdo a las Declaratorias de AVG, el OCNF documentó que Morelos se encuentra oficialmente catalogado por la CONAVIM como uno de los ocho estados con alta criminalidad, junto con entidades como: Sinaloa, Michoacán, Guerrero y Veracruz. Sin embargo pese a que se recomendó al estado crear una Unidad de Análisis y contexto para la investigación de feminicidio que permita identificar las dinámicas delictivas que ponen en riesgo la vida y la integridad de las mujeres, esto no ha sido realizado y deriva en que a la fecha el mayor número de feminicidios en Morelos es catalogado como feminicidio íntimo, lo que impide conocer la participación -y por ende sanción- a otros actores.

Otra de las omisiones es la creación y actuacización de un banco de datos que permita conocer de manera más asertiva la situación de los feminicidios en el estado y realizar las políticas públicas para su prevención, atención y sanción.

En el caso del Protocolo para la investigación del feminicidio Morelos cuenta desde 2014 con el Protocolo pero a pesar de que explica las razones de género, no específica las diligencias que se requieren para acreditarlas de manera técnica-científica. No cumple con los estándares actuales para la correcta investigación del delito como son: diligencias particulares, perspectiva de género y elaboración de un plan de investigación para acreditar de manera adecuada las razones de género. 

Frente a las omisiones de las autoridades, que de realizarse podrían garantizar de manera efectiva el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio hace un llamado a las autoridades del Estado de Morelos para que a la brevedad:

1.-Realice las acciones necesarias para la prevención de todos los tipos de violencia contra las mujeres, particularmente contra el feminicidio, el cual representa la manifestación más extrema de violencia hacia las mujeres.

2.-La Fiscalía investigue desde un inicio toda muerte violenta de mujeres como feminicidio, incluyendo los suicidios, accidentes y los que se comentan en contextos relacionados con el crimen organizado.

3.-Cree la Unidad de Análisis y Contexto identificar los diversos modus operandi, patrones y situación de criminalidad en los que están inmersos los feminicidios en el estado. 

4.-Actualice su protocolo de investigación del delito de feminicidio, bajo los criterios de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso de Mariana Lima, con el objeto de acreditar las razones de género. Así como la capacitación del personal necesario para la implementación del protocolo y la creación de un Comité de Seguimiento de dicha implementación, en el que participe la sociedad civil especializada en el tema.

5.-Otorgar de manera inmediata las medidas de protección necesarias a las mujeres víctimas de violencia familiar, a fin de prevenir daños irreparables como el feminicidio.

6.-Se establezcan los mecanismos efectivos para garantizar la reparación integral del daño que incorpore las medidas de atención y rehabilitación a niñas, niños y adolescentes en orfandad (como lo hicieron los estados de México y Jalisco en el marco de la AVG), sin que éstos se supediten a los procesos judiciales. 

7.-El estado cuente con un banco de datos actualizado y proporcione la información de manera completa y desagregada (sexo,género, edad, etc.) que permita generar políticas públicas de atención, prevención y sanción para erradicar el delito de feminicidio.

8.-Se garantice la debida diligencia con perspectiva de género en las investigaciones de muertes violentas de mujeres  a fin de materializar el acceso a la justicia para las mujeres víctimas y sus familias.

Atentamente, 

Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos A.C.

Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio