Acción Urgente | Denuncian amenazas contra jornaleros por parte de albergue

ACCIÓN URGENTE POR LA TRANSGRESIÓN AL BIENESTAR E INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR PRODUCTO DEL HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS QUE LAS Y LOS TRABAJADORES JORNALEROS P’URHÉPECHA Y SUS FAMILIAS HAN RECIBIDO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ALBERGUE PARA TRABAJADORES JORNALEROS EN TANHUATO MICHOACÁN

Lic. Luis Miranda Nava
Secretario de Desarrollo Social
Lic. Luis Raúl González Pérez
Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
Ricardo Antonio Bucio Mújica
Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).
Ing. Silvano Aureoles Conejo
Gobernador del Estado de Michoacán
Dip. Nalleli Julieta Pedraza Huerta
Comisión de Derechos HumanosLXXIII Legislatura Congreso de Michoacán
Mtro. Víctor Manuel Serrato Lozano
Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Michoacán
Lic. Gerónimo Color Gasca
Delegado de SEDESOL en Michoacán
Lic. Humberto Ramírez Jaramillo
Presidente Municipal Tanhuato Michoacán
Lic. Rubén Olvera Arreola
Juez Quinto de Distrito en el Estado de Michoacán
Lic. José́ Ramón Rocha González
Juez Octavo de Distrito en el Estado de Michoacán

La Red Solidaria de Derechos Humanos con domicilio para oír y recibir comunicaciones en Corregidora 1081 col. Centro, CP 58000 en la ciudad de Morelia Michoacán, con correo electrónico [email protected] y el Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social solicitan su intervención urgente ante:

LA TRANSGRESIÓN AL BIENESTAR E INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR PRODUCTO DEL HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS QUE LAS Y LOS TRABAJADORES JORNALEROS P’URHÉPECHA Y SUS FAMILIAS HAN RECIBIDO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ALBERGUE PARA TRABAJADORES JORNALEROS EN TANHUATO MICHOACÁN

Hechos:

El pasado 26 de agosto del presente año, fue reabierto el Albergue Comunitario para Familias Jornaleras Agrícolas Migrantes en el Municipio de Tanhuato Michoacán. Sin embargo, sin causa justificada, se les negó el ingreso a algunas familias jornaleras, entre ellas la integrada por Pedro Matías Morales, su hija menor de catorce años y su nieto menor de seis años, así como la integrada por Karla Yesenia Magaña López, así como sus hijas menores de cinco y tres años de edad.

En respuesta a estos hechos que dejaron a ambas familias en situación de calle, Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López interpusieron los amparos 415/2017, ante el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en la ciudad de Uruapan y 419/2017, ante el Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Michoacán, con residencia en la ciudad de Uruapan, por sí y en representación de sus menores familiares, para solicitar se les garantizara el acceso y uso del albergue en las condiciones óptimas a las que tienen derecho. En ambos amparos se concedieron suspensiones provisionales del acto reclamado, sin embargo la administración del albergue se ha negado a darles acceso a éste.

Las organizaciones firmantes señalamos que a partir de la presentación de ambos amparos, habiéndose concedido la suspensión del acto reclamado (consistente en garantizar el acceso al albergue y poder usarlo en condiciones óptimas de funcionamiento), las familias de Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López además de seguir imposibilitados de hacer uso de las instalaciones del albergue jornalero, han sufrido acciones progresivas de intimidación, que han escalado hasta el punto de recibir amenazas verbales contra su vida y la de sus familias.

Además, en un hecho violatorio del supremo interés de las y los menores, que en más de una ocasión se haya negado el acceso a las niñas y al niño a las instalaciones del albergue, donde tienen otros familiares que los cuidan mientras sus padres y abuelos cumplen con la jornada de trabajo. En el mismo sentido, se les ha restringido la entrada a la escuela primaria “Carlos Monsiváis”, con la única explicación de que al no estar residiendo en el albergue, no tienen derecho a hacer uso de ella.

En el caso del trabajador jornalero Pedro Matías Morales y de la trabajadora jornalera Karla Yesenia Magaña López, la administración del albergue los ha amenazado con meterlos a la cárcel por haber promovido los respectivos amparos, señalándolos frente a la comunidad jornalera del albergue como culpables por el aumento del cobro por las habitaciones y de otras acciones coercitivas, que la propia administración del albergue ha emprendido, con la intención de dividir y generar conflicto entre las familias de la comunidad jornalera de Tanhuato.

Las organizaciones acompañantes pudimos constatar que en el caso de los menores, el no tener acceso al albergue les impide tener un espacio digno para vivir, violenta su derecho a la educación, a la recreación y a una alimentación adecuada, y sobre todo al libre desarrollo de su personalidad, la que tiene que ser siempre, en todo caso, libre de cualquier tipo de violencia. El impacto psicosocial de la vulnerabilidad familiar se manifiesta en los menores a través del llanto, miedo e insomnio, situaciones que se refuerzan pues son testigos de los actos de intimidación por parte de la administración del albergue y han presenciado actos injustificados de parte de la policía hacía ellos y sus familiares.

Firma en línea

Acción Urgente | Defensor del DDHH a la energía eléctrica de Candelaria, Campeche, es detenido sin orden de aprehensión

Autoridades aludidas:

Por este medio le informo que he recibido información de los Centros de Derechos Humanos “Beti Cariño”, “Digna Ochoa” y “Zeferino Ladrillero” de que el día 9 de noviembre de 2017 siendo las 14:30 hrs. aproximadamente, elementos policiales entraron al establecimiento propiedad del C. José Alberto Villafuerte García  quien fue llevado detenido por dichos elementos, quienes al parecer, no mostraron ningún documento u orden de aprehensión, pues decían que se  lo llevaban para “hacerle unas preguntas a un juzgado”.

Por este medio manifiesto mi preocupación ante estos hechos y responsabilizó a la Secretaría de Seguridad Pública, a la empresa productiva del Estado “Comisión Federal de Electricidad”, a la Secretaría de la Defensa Nacional y al Gobierno Federal de cualquier amenaza y represión en contra del C. José Alberto Villafuerte García.

En este sentido me adhiero a la Acción Urgente (que reproduzco al final de esta comunicación) emitida por los citados centros de derechos humanos y mucho le agardamaré me informe sobre cualquier acción que realice en la materia..

Quedo atento a su respuesta


ACCIÓN URGENTE

 Defensor del DDHH a la energía eléctrica de Candelaria, Campeche, es detenido sin orden de aprehensión.

Dicha detención se da en medio de un fuerte ambiente de hostigamiento y criminalización contra miembros de la Red Nacional de Resistencia Civil.
 AU-RNRC: 2/2017

9 de noviembre de 2017.

HECHOS

El día 9 de noviembre de 2017 siendo las 14:30 hrs. aproximadamente, elementos policiales entraron al establecimiento propiedad del C. José Alberto Villafuerte García  quien fue llevado detenido por dichos elementos, quienes al parecer, no mostraron ningún documento u orden de aprehensión, pues decían que se  lo llevaban para “hacerle unas preguntas a un juzgado”.

El señor José Alberto se encontraba trabajando y su familia se encontraba al interior de su domicilio, lugar donde se ubica su establecimiento, el cual es una tienda de abarrotes. Es a consecuencia de esto que sus familiares no se percataron de inmediato de los sucedido sino hasta que ya se lo estaban llevando.

ANTECEDENTES

José Alberto Villafuerte García, defensor del Derecho Humanos a la Energía Eléctrica y a la Vivienda Digna y Adecuada, quien forma parte de la organización social llamada Resistencia Civil Candelaria, fue acusado de haber cometido el delito de “Robo de Energía Eléctrica” en 2015 (Causa Penal 6/2016 – Juzgado Segundo de Distrito en Campeche) y por tal delito se le exige un pago de $150,000 MXN. El señor José Alberto, padece de tumores cerebrales, enfermedad que vulnera considerablemente su salud y que requiere de cuidados especiales. Su familia teme por su salud y por su integridad física y psicológica.

En lo referente a su defensa legal, se han ingresado una serie de amparos para que sea retirada la imputación apelando a sus Derechos Humanos y a elementos legales internacionales sobre DDHH que dan respaldo a las acciones que realiza el señor José Alberto Villafuerte García como miembro de la organización social antes señalada, tales como el Artículo 11º del Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales donde se especifica que la Vivienda Digan forma parte de los Derechos Humanos y cuyos elementos incluyen el suministro de energía eléctrica; además de la Observación general Nº 4: El derecho a una vivienda adecuada (párrafo 1 del artículo 11 del Pacto). Sin embargo, los amparos han sido rechazados por los diversos jueces que han llevado el caso y ningún otro se ha pronunciado al respecto, a pesar de que en el artículo 1º Constitucional se reconoce que el estatus de los DDHH es superior a cualquier otra ley nacional. Por otro lado, su defensa legal aún cuenta con diversos recursos que no han sido agotados y a los cuales tiene derecho el C. José Alberto, antes de ser llevado detenido, por lo cual se considera que su detención es ilegal.

Cabe señalarse que la Resistencia Civil Candelaria ubicada en Candelaria, Campeche, es miembro de la Red Nacional de Resistencia Civil,  en la que participan diversas comunidades y organizaciones sociales que defienden el  Derecho Humano a la energía eléctrica, así como los DDHHs a la vivienda digna, medio ambiente, agua, salud, entre otros. Debido a su actividad de defensa, muchxs de los miembros de la Red Nacional de Resistencia Civil han sido víctimas de hostigamiento y criminalización, por lo que se considera que esta acción podría estar obedeciendo a este mecanismo de amedrentamiento ejercido por parte de las autoridades y de la empresa productiva del Estado “Comisión Federal de Electricidad”, para que desista en su participación en esta organización.

Los Centros de Derechos Humanos “Beti Cariño”, “Digna Ochoa” y “Zeferino Ladrillero” manifestamos nuestra preocupación ante estos hechos y responsabilizamos a la Secretaría de Seguridad Pública, a la empresa productiva del Estado “Comisión Federal de Electricidad”, a la Secretaría de la Defensa Nacional y al Gobierno Federal de cualquier amenaza y represión en contra del C. José Alberto Villafuerte García.

Ante lo expuesto anteriormente, exigimos su inmediata presentación y hacemos un llamado a las autoridades mexicanas, así como a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y a la Comisión de Derechos Humanos en Campeche (CODHECAM) para que se libere de manera inmediata al defensor. Además, con base en los artículos 1, 2, 6, 7, 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley para la Protección de Personas Defensoras y Periodistas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana de los Derechos Humanos, exigimos que el Estado mexicano brinde la más alta protección y se garantice la vida, seguridad e integridad física de y en general de todas las personas defensoras del territorio y de los derechos humanos de la comunidad de Candelaria, Campeche.

SE SOLICITA ENVIAR LLAMAMIENTO ANTES DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017 A:

1.- Enrique Peña Nieto

Presidencia de la República

Correo-e: [email protected]

Twitter: @EPN

 

2.- Miguel Ángel Osorio Chong

Secretaría de Gobernación

Bucareli 99, col. Juárez, cp 6600, México, D.F., México

Fax: +52 55 5093 3414 (insistan)

Correo-e: [email protected]

Twitter: @osoriochong

3.- Rafael Alejandro Moreno Cárdenas

Gobernador de Campeche

Calle 8 S/N, Centro Histórico  San Francisco de Campeche, Camp. C. P. 24000

Teléfonos:  (981) 811 9253 y (981) 811 9200

Correo Electrónico: [email protected]

Twitter: @alitomorenoc

 

4.- Luis Raúl González Pérez

Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Periférico Sur 3469, Col. San Jerónimo Lídice, Del. Magdalena Contreras, C.P.

10200, Ciudad de México

Teléfonos: (55) 56 81 81 25 y 01800 715 2000

Correo-e: [email protected]

Tratamiento: Sr. Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Twitter: @CNDH

 

5.- Juan Antonio Renedo Dorantes

Presidente de la Comisión de Derechos Humanos en Campeche (CODHECAM)

Prolongación 59 # 6, entre Avenidas Ruiz Cortines y 16 de septiembre, Centro. C.P.

24000, San Francisco de Campeche, Campeche.

Teléfonos: (981) 811 4563, 811 4571, 816 0897, 816 9104

Tratamiento: Sr. Presidente de la Comisión de Derechos Humanos en Campeche (CODHECAM)

Twitter: @mag_renedo

 

6.- Juan Manuel Herrera Campos

Fiscal General del Estado de Campeche

Av López Portillo S/N, Sascalum, C.P. 24095, Campeche, Camp., México

Teléfonos: 01 (981) 811 9400

Correo-e: [email protected]

Tratamiento: Sr. Fiscal General del Estado de Campeche

Twitter: @fgecam

7.- Salvador Farías González

Presidente Municipal de Candelaria

Avenida 1ro de Julio, Colonia Centro Candelaria, Campeche CP. 24330.

Teléfono: 982 82 6 02 77

Correo-e: [email protected]

Tratamiento: Sr. Presidente municipal

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Contexto

Ambas familias son P’urhépecha, desde hace más de 8 años, Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López viajan desde sus comunidades de origen en la región del lago de Pátzcuaro y se dirigen a Tanhuato para trabajar en el corte del jitomate y chile.

Como antecedente de hechos violatorios por parte de la administración del albergue, consta la queja ZAM/298/16, que en diciembre de 2016, se interpuso ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH). En ella se señaló que la C. Juana Jalomo Gaona, en su calidad de administradora, había anunciado a los trabajadores jornaleros y sus familias que iba a cerrar el albergue, aduciendo el adeudo de algunas familias en el pago de renta de la habitación.

En atención a esta queja, tuvo a lugar una audiencia en febrero de 2017, en la Visitaduría de la CEDH de Zamora, en ella el síndico Lic. Alfonso Rico Curiel presentó un documento en el que se indicaba que la C. Juana Jalomo Gaona ya no trabajaba en la administración del albergue, ni trabajaba como funcionaria pública en el municipio de Tanhuato.

Se procedió a una conciliación y se llegaron a los acuerdos señalados en oficio 668/17, emitido por la Comisión Estatal de Derecho Humanos, entre estos acuerdos, el de coordinar los trabajos necesarios para la actualización del reglamento del albergue con la participación de la comunidad jornalera que lo habita, para que con ello, no hubieran acciones arbitrarias en su administración.

Sin embargo, al momento de la antes señalada reapertura del albergue, la C. Juana Jalomo Gaona fue reinstalada en su calidad de administradora y se promovió la firma de un reglamento, elaborado sin la participación de las familias jornaleras, acción contraria a lo previamente acordado en la audiencia ante la CEDH.

Estos hechos quedaron asentados en la queja ZAM/502/2017, ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en la que también se señaló la negativa por parte de la administración a permitir el acceso al albergue a las familias de Pedro Matías Morales y Karla Yesenia Magaña López.

Por lo anterior la Red Solidaria DH y el Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social solicitamos al gobierno mexicano:

▪ Garantizar el bienestar e interés superior del menor traducido en ordenar y ejecutar las acciones necesarias para otorgar a los menores y sus familiares las facilidades para tener acceso al albergue en un ambiente y espacio digno y seguro para su desarrollo, protegido de cualquier hostigamiento proveniente de las autoridades responsables, se les asegure el ingreso a la escuela primaria “Carlos Monsiváis”, así mismo que se les permita el acceso al comedor del albergue y a los alimentos que ahí deben proporcionarles.

▪ Tomar acciones inmediatas para garantizar la seguridad e integridad física y psicológica de Pedro Matías Morales, su hija menor de 14 años y su nieto menor de 6 años , así como de Karla Yesenia Magaña López y sus menores hijas menores de cinco y tres años de edad.

▪ Verificar y propiciar el cumplimiento de los acuerdos tomados en la audiencia ante la CEDH antes señalada.

▪ Dar seguimiento y tomar las medidas necesarias contra las amenazas y hostigamiento que sufren Pedro Matías Morales, Karla Yesenia Magaña López y sus familias.

▪ Una investigación seria, imparcial y efectiva para asegurar que las autoridades señaladas en los amparos se apeguen al debido proceso y cumplan en todo momento su deber de garantizar el bienestar e interés superior de los menores, así como el derecho a la seguridad y vida digna de Pedro Matías Morales, Karla Yesenia Magaña López y sus familias.

A la sociedad civil y a los organismos nacionales e internacionales de protección de los derechos humanos que:

▪ Difundan los hechos aquí señalados, toda vez que las familias jornaleras se encuentran ante un riesgo inminente que puede significar perjuicio contra sus vidas.

▪ Hagan del conocimiento de las autoridades señaladas, su preocupación respecto a los hechos aquí referidos.

Organizaciones firmantes

Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social

Red Solidaria DH

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