OMCT llama a pronta publicación e implementación de la Ley de Tortura

Declaración pública

México: Llamado a la pronta publicación e implementación de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Ginebra, 4 de mayo de 2017. La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) expresa su satisfacción por la aprobación de la ley marco destinada a regular la actuación de todos los poderes y entidades del Estado en la lucha contra la tortura y otros malos tratos.

El pasado 26 de abril de 2017, el Senado aprobó por unanimidad la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (LGT, de ahora en adelante). La OMCT considera que la LGT reúne los requisitos para articular un sistema que garantice la prevención, la protección, la rendición de cuentas y la reparación de los actos de tortura que azotan diariamente a individuos y familias enteras.

La LGT incorpora los estándares internacionales en la materia, entre otros: 1) prohíbe de forma absoluta la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; 2) establece una pena de diez a veinte años de prisión (e inhabilitación por el mismo lapso de privación de libertad impuesta) y la imprescriptibilidad del delito; 3) rechaza de forma incondicional el uso de pruebas obtenidas bajo tortura y otros malos tratos; 4) dispone los principios y reglas para llevar a cabo investigaciones prontas y eficaces,  incluyendo la suspensión y/o desvinculación del caso de aquellos servidores públicos que estén siendo investigados por su participación en los hechos; 5) establece el principio de responsabilidad penal del superior jerárquico; 6) refuerza el Mecanismo Nacional de Prevención garantizando su autonomía y especialización; 7) crea un Registro Nacional con datos que compilen todos los casos denunciados e investigados de tortura y otros TPCID; 8) y dispone la reparación integral de las víctimas así como medidas para preservar la vida, integridad y libertad personal de las víctimas directas y de sus familiares cuando estas se hallen en riesgo.

Sin embargo, la utilidad y eficacia de la Ley dependerán de las medidas que se adopten para garantizar su plena operatividad. En este sentido, la OMCT urge a la pronta promulgación y publicación de la LGT e insta a las autoridades competentes, de acuerdo con la distribución de competencias prevista en la Ley, a desarrollar sin demora los reglamentos, planes, programas y mecanismos necesarios para asegurar su efectiva implementación.

La OMCT considera que, entre las medidas necesarias para implementar la LGT, son prioritarias y urgentes aquellas destinadas a:

1.- Tomar las medidas necesarias para garantizar la exclusión de las pruebas obtenidas mediante tortura u otros malos tratos de conformidad con los principios, salvaguardias y procedimientos establecidos en la LGT;

2.- Garantizar la prontitud, imparcialidad, exhaustividad e independencia de los exámenes médico-psicológicos que se lleven a cabo de acuerdo con la LGT;

3.- Crear las Fiscalías Especiales, dotándolas de recursos humanos y financieros suficientes;

4.- Instalar el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

5.- Establecer el Registro Nacional, así como los procedimientos y convenios para la recopilación, la sistematización y la comunicación de la información;

6.- Establecer los protocolos y programas de atención a las víctimas de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes previstos en la LGT de conformidad con los estándares internacionales y en particular la Observación General Número 3 del Comité contra la Tortura;

7.- Diseñar y llevar a cabo programas de capacitación sobre la LGT de todos los servidores públicos cuyas actividades o conductas estén directa o indirectamente reguladas por esta, con el establecimiento de métodos e indicadores para evaluar sus resultados.

Tales medidas deben ser tramitadas de manera transparente y en consulta con las organizaciones mexicanas de la sociedad civil, la participación de las cuales, como ha sido patente en el proceso de elaboración de la LGT, es indispensable para salvaguardar la legitimidad y eficacia de las medidas y objetivos previstos.