La CIDH examinará al Estado mexicano por la discriminación y muerte de doña Ernestina Ascencio, así como por la impunidad y opacidad del caso

 

Al cumplirse 11 años de la indignante manera en que murió la señora Ernestina Ascencio Rosario y se institucionalizó la impunidad de los responsables y la opacidad del caso, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió admitir la denuncia presentada en contra del Estado mexicano, para examinar lo ocurrido a la luz de sus obligaciones internacionales en materia del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y discriminación, contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en la Convención de Belém do Pará. Y así también a la luz del Convenio 169 de la OIT sobre los derechos de los pueblos indígenas

Los hechos bajo análisis son: las circunstancias en que perdió la vida; el inexplicable y apresurado archivo de la averiguación previa y con ello, la falta de esclarecimiento de los hechos e identificación y procesamiento de los responsables atendiendo que se trataba de una mujer, indígena, adulta mayor en situación de pobreza. La CIDH también pedirá cuentas a México por su omisión en adoptar medidas progresivas para garantizar la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales, así como la falta de acceso efectivo a la información pública sobre el caso y la falta de recursos eficaces para su protección.

Así lo determinó la CIDH, en el informe de admisibilidad notificado tanto a las organizaciones peticionarias como al Estado mexicano, con el cual se inicia la etapa de análisis de los hechos denunciados y de encontrarlos violatorios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, declarará la responsabilidad internacional del Estado y le formulará las recomendaciones que considere necesarias para la justicia, reparación y la no repetición de los hechos.

En el contexto de la cuestionada aprobación de la Ley de Seguridad Interior, el caso se sumará al debate sobre la presencia y actuación del Ejército en los territorios indígenas y la importancia de que toda denuncia de violación de derechos humanos en contra de militares sea juzgada en el fuero civil. Otro tema crucial que deberá abordarse en este

caso, es la falta de justicia y de políticas que atiendan las violencias y formas de discriminación que viven las mujeres indígenas, en especial, la violencia institucional, así como por la impunidad de los perpetradores. Asimismo, serán evaluados los obstáculos que todavía enfrenta la sociedad para el ejercicio del derecho a la verdad y el acceso a la justicia.

La señora Ernestina Ascensio Rosario fue la anciana de origen náhuatl, de 73 años, quien el 25 de febrero de 2007 fuera encontrada por sus familiares desvanecida y sangrando, en un paraje de su comunidad ubicado en el municipio Soledad Atzompa, de la Sierra Zongolica, Veracruz, donde cuidaba sus animales. La señora Ernestina falleció sin atención médica, quien antes de morir, lograra señalar -en su lengua materna- “los soldados se me echaron encima…” Los hechos nunca fueron juzgados ni aclarados, ya que, a pesar de que tanto familiares como el propio gobernador de Veracruz y autoridades municipales, denunciaron los hallazgos de violencia en la persona de la señora Ernestina, y que la Procuraduría General de Justicia de Veracruz encontrara evidencia de violencia sexual, el entonces presidente de la República, Felipe Calderón, concluyó -antes que la propia Procuraduría-, que doña Ernestina había muerto por causas naturales –“gastritis crónica”-, y no por factores externos. Conclusión que secundó la Procuraduría estatal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Ante los inadmisibles hechos y la conclusión del caso, múltiples voces de la sociedad exigieron justicia y el derecho a conocer la verdad de lo ocurrido, lo que llevó a diversas organizaciones de la sociedad civil a activar los mecanismos oficiales de acceso a información pública, sin resultados. Fue así como ante la falta de respuesta satisfactoria de las instancias mexicanas, en 2012 se presentó la denuncia ante la CIDH.

Centro de Servicios Municipales “Heriberto Jara” A.C. (CESEM)
Coordinadora Regional de Organizaciones Indígenas de la Sierra de Zongolica (CROISZ) Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, A. C. (AJDH)

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El CESEM es una organización que nació en 1990. Es independiente de los gobiernos y de los partidos políticos. Brinda asesoría y capacitación dirigida tanto a equipos de gobierno como a la ciudadanía con el objeto de mejorar las relaciones entre gobierno y sociedad. Tiene trabajo en red con aquellos actores y actoras, organizaciones e instituciones interesados en impulsar una reforma municipal integral desde la perspectiva ciudadana.
La CROISZ desde principios de los 90’ articula organizaciones indígenas de la Sierra de Zongolica que promueve los derechos y autonomía de los pueblos indígenas.
AJDH es una organización que integra profesionales del Derecho que desde una posición jurídica crítica y desde el Derecho de los derechos humanos, contribuye al acceso a la justicia de personas y colectivos que han vivido violación de sus derechos humanos, especialmente de quien pertenecen a sectores históricamente excluidos. Realiza investigación, asesoría, litigio y docencia en materia de derechos humanos y litigio ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.