Organizaciones de derechos humanos alertan sobre el nombramiento de la nueva persona titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas

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Senadores y Senadoras integrantes de las Comisiones de Gobernación, Justicia, y Estudios Legislativos, Segunda del Senado de la República:

En el marco de las actuales discusiones para reformar la Ley General de Víctimas (LGV), las organizaciones de la sociedad civil firmantes hacemos un atento llamado para que la reforma a dicha Ley establezca un procedimiento transparente, objetivo incluyente y participativo para la designación del nuevo/a Comisionado/a Presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

Ante las demandas y preocupaciones de cientos de víctimas y organizaciones de la sociedad civil en relación a las limitaciones del diseño institucional de la CEAV, así como a las evidentes complejidades para alcanzar acuerdos dentro de dicho órgano colegiado, diversas iniciativas que se analizan y discuten hoy en el Senado, han planteado el rediseño de dicha institución.

Las iniciativas de reforma a la Ley General de Víctimas hasta el momento presentadas(1), plantean la dirección de la CEAV por un/a Comisionado/a Ejecutivo/a, modificando la estructura de órgano colegiado que a la fecha ha tenido.

Para víctimas y organizaciones sociales y de derechos humanos resulta de gran relevancia que el rediseño institucional que se lleve a cabo con la reforma a la LGV ponga fin a la falta de coordinación, excesiva burocratización e indebida interpretación de la Ley entre las y los integrantes de dicho órgano colegiado, y por lo tanto resulte en la efectiva atención y reparación de víctimas.

La persona que quede al frente de la institución encargada de la atención y reparación integral de víctimas en el país, tendrá la gran encomienda de convertir a la CEAV en una estructura que efectivamente funcione. Es por ello que la reforma deberá contemplar de igual manera mecanismos de control y supervisión sobre su gestión, en el que participen las propias víctimas y personas especializadas en derechos de las víctimas, así como procedimientos para la revocación del mandato cuando se incumplan con los derechos que la ley otorga a las víctimas.

Por lo anterior, hacemos un llamado para que las y los senadores de la República sean quienes tengan la decisión de nombrar a la persona que encabece la CEAV a partir de una terna presentada por el Ejecutivo. Además la Ley General de Víctimas deberá asegurar que las propuestas de contendientes a Comisionados/as que surjan del Ejecutivo, se realicen previa convocatoria y consulta pública y la integren personas realmente idóneas para el cargo y comprometidas con los derechos humanos y con las víctimas que la ley protege. El Senado deberá garantizar también un proceso transparente de toma de decisión de quien ocupará ese importante puesto.

Será una gran regresión y comprometerá la legitimidad de la reforma a la LGV, que el nombramiento
de la persona titular de la CEAV sea discrecionalmente asumido por el Ejecutivo Federal, sin una
apertura sustantiva hacia los colectivos y organizaciones de víctimas y sin una valoración pública y
objetiva de los criterios de su elección.

Garantizar que el nombramiento de la persona titular de la CEAV se realice con imparcialidad, transparencia y publicidad en cada etapa del proceso – desde la emisión de la convocatoria hasta el proceso final de selección – y que la persona elegida se distinga por su idoneidad y legitimidad ante las víctimas, es tarea imprescindible del Senado que todas y todos debemos observar.

Organizaciones, colectivos y movimientos de derechos humanos
ARTICLE 19, Oficina para México y Centroamérica
Asistencia Legal por los Derechos Humanos (ASILEGAL)
Centro Regional Derechos Humanos Bartolomé Carrasco Briseño A.C.
Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad A.C.
Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH)
Designaciones Públicas
Enjambre Digital
EQUIS Justicia para las Mujeres
Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho.
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
I(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C.
Instituto de Justicia Procesal Penal, IJPP
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, A.C.
Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad
Observatorio de Violencia Social y de Género en Campeche
Red de Feministas Peninsulares
Programa de Atención a Víctimas de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos

Expertos/as, activistas y defensores/as de derechos humanos
Argentina Casanova
Jesús Robles Maloof
Jacobo Dayán
Javier Sicilia Zardaín
Eduardo Gallo
Roberto Villanueva

1.INICIATIVA De los Senadores Angélica de la Peña Gómez, Fernando Yunes Márquez, Laura Angélica Rojas Hernández, Armando Ríos Piter y Alejandro Encinas Rodríguez, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LEY GENERAL DE VÍCTIMAS. Fecha de publicación: Jueves 8 de septiembre de 2016. INICIATIVA De la Sen. Cristina Díaz Salazar, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la LEY GENERAL DE VÍCTIMAS. Fecha de publicación: Jueves 8 de septiembre de 2016. INICIATIVA De los Senadores Luis Sánchez Jiménez, Angélica de la Peña Gómez y Armando Ríos Piter, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con proyecto de decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la LEY GENERAL DE VÍCTIMAS. Fecha de publicación: Jueves 14 de abril de 2016.