El juicio de amparo es un derecho de cualquier persona, no privilegio de unos cuantos

Los ataques derivan del hecho de que el 2 de abril del presente año, la Comunidad indígena Bosques de San Elías Repechique presentó una demanda de amparo ante el Juzgado de Distrito en turno del Estado de Chihuahua, por las afectaciones sufridas en la construcción del Aeropuerto regional de Creel y la violación de su derecho a la consulta previa, libre e informada que debe ser garantizada por el Estado mexicano de acuerdo a la Constitución mexicana y los tratados internacionales. El 3 de abril el Juez Octavo de Distrito ordenó la suspensión de la construcción del aeropuerto hasta que sea resuelto de manera definitiva el juicio.

El 7 de noviembre recién pasado, en el marco del 10º Congreso nacional de amparo, realizado en la Cd. de Chihuahua, el abogado Hugo Alberto Arriaga Becerra, presidente del Instituto Mexicano del Amparo A.C. (www.institutomexicanodelamparo.org), emitió una declaración en periódico el Heraldo de Chihuahua http://www.oem.com.mx/elheraldodechihuahua/notas/n3598284.htm, en la cual descalifica la defensa jurídica relacionada con el amparo promovido por la comunidad Bosques de San Elías Repechique, en la cual señaló que: “le avergüenza la forma en que algunos grupos están lucrando con ésta figura jurídica, como es el caso del Aeropuerto de Creel, en donde destacó que es evidente la intención destructiva que un grupo de personas han buscado con una de las figuras que ha dado orgullo internacional a México por ser un estado de derecho de avanzada”… “Ellos lo que quieren es ver cuánto obtienen, el último de sus propósitos es defender la Constitución”… y que “… incluso en el caso de los indígenas, son minoría, ‘más aún estos parásitos del amparo, que no dejan de sangrar cuanto pueden’.”

En relación a dicha declaración manifestamos que:
1. La opinión del jurista es discriminatoria, infundada y desconoce la razón histórica del juicio de amparo en nuestro país.

2. La Nación Mexicana la constituimos todas las personas, ricos y pobres, indígenas y mestizos, mujeres y hombres. Para fortuna de los sectores en situación de vulnerabilidad, la Constitución mexicana y la nueva Ley de Amparo permite a las personas que se crean afectados en sus derechos en lo individual o en lo colectivo, recurrir a la Justicia Federal a fin de que esos derechos le sean reconocidos y garantizados, sin distinción alguna.

3. La comunidad de Bosques de San Elías Repechique con apoyo de CONTEC han acudido a los recursos legales que prevé el Estado de Derecho para hacer oír su voz, y la Justicia Federal les ha otorgado provisoriamente la razón. Por tanto, las declaraciones del titular del Instituto Mexicano del Amparo, A.C. no sólo agravian a los quejosos sino cuestionan directamente al Poder Judicial Federal y a la propia Constitución.

4. Los daños sufridos por la comunidad en su territorio, en su manera de vivir, en las viviendas de las rancherías aledañas a la zona devastada, así como los riesgos latentes, provenientes de las vibraciones y ruidos que generaran los aviones al aterrizar y despegar se traducen en interés jurídico para defender sus derechos y en INTERES LEGITIMO para defender los derechos reconocidos por la Constitución, ya que el derecho a la consulta previa de los Pueblos Indígenas respecto a cualquier proyecto que pueda alterar la vida en sus comunidades, se encuentra tutelado desde el año2001 en el Artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Es lamentable que un profesionista del Derecho, que representa al Instituto Mexicano del Amparo A. C., califique de minoría, sin derecho alguno a defenderse, a una comunidad indígena, cuyo origen y posesión ancestral del territorio es incluso anterior al propio Estado Mexicano y cuyas condiciones de olvido y abandono han sido propiciadas por la falta de interés de las autoridades de los tres niveles de gobierno, a pesar de los avances del Estado Mexicano en el reconocimiento de tratados internacionales en materia de derechos indígenas.

6. Precisamente por esa situación de abandono y discriminación histórica incluso del acceso a la justicia, es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un “Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren personas, comunidades y pueblos indígenas”, el cual retoma tanto el derecho a la consulta establecido en el artículo 2º Constitucional, como el Convenio 169 de la OIT y otros instrumentos internacionales que deben ser cumplidosporel Estado mexicano, según lo mandata el artículo primero de la Constitución Política.

7. Es inaceptableque un profesionista del nivel del declarante, se atreva a calificar como “parásitos del amparo” a una comunidad indígena por haberse atrevido a pedir la revisión de varios actos de autoridad, cuya ejecución se ha realizado dentro de su territorio, sin haberles consultado.

8. Las consecuencias de la falta de consulta han resultado en la destrucción de dos manantiales de agua de la comunidad, de sus caminos o veredas reales que han sido las vías más cortas para que los niños lleguen a la escuela, así como sus enfermos a la clínica más cercana. La destrucción de 40 hectáreas de bosque les ha privado de la recolección de plantas medicinales y leña, así como de áreas de pastoreo, además de otras afectaciones como las provocadas por la detonación de explosivos para habilitar pistas de aterrizaje y caminos.

9. Por hechos similares, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha condenado a diversos Estados por graves violaciones a derechos humanos, cuyas resoluciones son de obligatorio cumplimiento de acuerdo al Asunto Varios 912/2010 y a la contradicción de tesis 293/2011, por lo que la decisión emitida por la Justicia Federal es legal, justa y respetuosa de la Constitución y de los derechos humanos reconocidos por la misma.

No escapa a los firmantes el contexto en que se emiten estas declaraciones por parte del Jurista, un evento público en el que una de las figuras centrales fue el gobernador del Estado de Chihuahua Lic. Cesar Duarte Jáquez. Tampoco se ignoran los intereses económicos que subyacen en el proyecto.

Por lo antes expuesto, reiteramos nuestro apoyo el derecho de la comunidad de Bosques de San Elías Repechique de acudir ante los tribunales en demanda de protección de sus derechos y nuestro reconocimiento al profesionalismo y honradez de la Consultoría Técnica Comunitaria A.C.

116 Organizaciones Sociales de Chihuahua, nacionales, regionales y de otros países y 26 firmas individuales.

Organizaciones de Chihuahua. Diócesis de la Tarahumara, Centro de Capacitación y Defensa de los Derechos Humanos e Indígenas, A.C.; Centro de Desarrollo Alternativo Indígena, Fundación Llaguno, Alianza Sierra Madre A.C., Tierra Nativa A.C., Bowerasa A.C. , Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos A.C., Red por la participación ciudadana A.C., Centro de Derechos Humanos de las Mujeres A.C.; Frente Democrático Campesino A.C.; Seminario de Teoría Crítica Chihuahua, Colectivo Epistémico, Mujeres por México en Chihuahua A.C.; El Barzón Chihuahua, Grupo Promotor de los derechos políticos de las ciudadanas en Chihuahua, Colectivo La Gota; Grupo Promotor de los derechos políticos de las ciudadanas en Chihuahua; Frente de Consumidores; Reten Ciudadano.

Personas. Gabriel Parga Terrazas, Vicario de Pastoral Indígena de la Diócesis Tarahumara; Ana Paula Pintado, Leticia de las Casas, Ma. Eloísa Terrazas Lara, Jorge Alberto Solís Santacruz, Ma. Eloísa Solís Terrazas, Jorge Alberto Solís Terrazas, Sonia Margarita Chávez Rocha, Miguel Agustín Terrazas Lara, Ana de la Rosa, Francisca Jiménez, Javier Ávila S.J., P. Héctor Fernando Martínez, Efrén Bribiesca Baeza, Eva Orozco Chacón, Roció Martínez Carrera, Ing. Javier Saldaña Torres, Ricardo de la Rosa Córdova, Javier Arvizo Arvizo, Victor Quintana Silveira, Julio Morales y Guadalupe Montoya, Benjamín Rivera Ordoñez, Mavi Pérez Burciaga; Carmen Herrera, Mtro. Miguel Sarre Iguíniz.

Organizaciones Nacionales

Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos A.C.; Servicios del Pueblo Mixe, A.C.; Colectivo de abogadas y abogados solidarios CAUSA; Asamblea Nacional de Afectados Ambientales (ANAA); Colectivo Autónomo de Colaboración Social (COACS); Colectivo Red de Juventudes Trans México; Laboratorio Mesoamericano de Arte Contaminado; y Colectivo Migrantes LGBT.

Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos”, conformada por 74 organizaciones en 20 estados de la República mexicana: Agenda LGBT (Estado de México), Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (Distrito Federal); Asociación Jalisciense de Apoyo a los Grupos Indígenas, A.C. (Guadalajara, Jal.); Bowerasa, A.C. “Haciendo Camino”. (Chihuahua, Chih.); Casa del Migrante Saltillo (Coahuila) Católicas por el Derecho a Decidir, A.C. (Distrito Federal); Centro “Fray Julián Garcés” Derechos Humanos y Desarrollo Local, A. C. (Tlaxcala, Tlax.); Centro de Apoyo al Trabajador, A.C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Fray Bartolomé de Las Casas”, A. C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis); Centro de Derechos Humanos Digna Ochoa A.C; Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria O.P.”, A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, A. C. (Distrito Federal); Centro de Derechos Humanos “Don Sergio” (Jiutepec, Mor.); Centro de Derechos Humanos “Fray Matías de Córdova”. A.C. (Tapachula, Chis); Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, A. C. (Tlapa, Gro.); Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (Chihuahua), Centro de Derechos Humanos de los Pueblos del Sur de Veracruz “Bety Cariño” A.C. (Tatahuicapan de Juárez, Ver.) Centro de Derechos Humanos, “Juan Gerardi”, A. C. (Torreón, Coah.); Centro de Derechos Humanos Paso del Norte (Cd. Juárez, Chihuahua); Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C. (León, Gto.); Centro de Derechos Indígenas “Flor y Canto”, A. C. (Oaxaca, Oax.); Centro de Derechos Humanos Toaltepeyolo (Orizaba, Veracruz); Centro de Derechos Indígenas A. C. (Bachajón, Chis.); Centro de los Derechos del Migrante (Distrito Federal); Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A. C. (CEPAD) (Guadalajara, Jal.); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-DF) (Distrito Federal); Centro de Reflexión y Acción Laboral (CEREAL-Guadalajara) (Guadalajara, Jal.); Centro Diocesano para los Derechos Humanos “Fray Juan de Larios”, A.C. (Saltillo, Coah.); Centro Juvenil Generando Dignidad (Comalcalco, Tabasco); Centro Hermanas Mirabal de Derechos Humanos (León, Gto.), Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Distrito Federal), Centro Mujeres (La Paz, BCS.), Centro Regional de Defensa de DDHH José María Morelos y Pavón, A.C. (Chilapa, Gro.); Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco”, A.C. (Oaxaca, Oax.); Ciencia Social Alternativa, A.C. – KOOKAY (Mérida, Yuc.); Ciudadanía Lagunera por los Derechos Humanos, A.C. (CILADHAC) (Torreón, Coah.); Colectivo Educación para la Paz y los Derechos Humanos, A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (Distrito Federal); Comité Cerezo (Distrito Federal); Comité Cristiano de Solidaridad Monseñor Romero (Distrito Federal); Comisión de Derechos Humanos y Laborales del Valle de Tehuacán, A.C. (Tehuacan, Pue.); Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A.C. (Chihuahua, Chih.); Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, A. C. (CIDHMOR) (Cuernavaca, Mor.); Comisión Regional de Derechos Humanos “Mahatma Gandhi”, A. C. (Tuxtepec, Oax.); Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha A.C. (Oaxaca, Oax.); Comité de Defensa de las Libertades Indígenas (Palenque, Chis.); Comité de Derechos Humanos Ajusco (Distrito Federal); Comité de Derechos Humanos “Fr. Pedro Lorenzo de la Nada”, A. C. (Ocosingo, Chis.); Comité de Derechos Humanos “Sierra Norte de Veracruz”, A. C. (Huayacocotla, Ver.); Comité de Derechos Humanos de Colima, A. C. (Colima, Col.); Comité de Derechos Humanos de Comalcalco, A. C. (Comalcalco, Tab); Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A. C. (Villahermosa, Tab); Comité de Derechos Humanos y Orientación Miguel Hidalgo, A. C. (Dolores Hidalgo, Gto.); Comité Sergio Méndez Arceo Pro Derechos Humanos de Tulancingo, Hgo A.C. (Tulancingo,Hgo.); El Caracol A.C (Distrito Federal); Estancia del Migrante González y Martínez, A.C. (Querétaro, Qro.); Frente Cívico Sinaloense. Secretaría de Derechos Humanos. (Culiacán, Sin.); Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (Distrito Federal); Indignación, A. C. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Mérida, Yuc.); Iniciativas para la Identidad y la Inclusión A.C. (San Cristóbal de Las Casas, Chis.); Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuria, S.J. Universidad Iberoamericana- Puebla; Instituto Guerrerense de Derechos Humanos, A. C. (Chilpancingo, Gro.); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (Distrito Federal); Instituto Mexicano para el Desarrollo Comunitario, A. C. (IMDEC), (Guadalajara, Jal.); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, – Programa Institucional de Derechos Humanos y Paz. (Guadalajara, Jal.); Mujeres indígenas por la Conservación, y Aprovechamiento de los Recursos Naturales CIARENA A. C (Oaxaca); Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia A.C. (Distrito Federal), Programa Universitario de Derechos Humanos. UIA –León (León, Gto.); Proyecto de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (Distrito Federal); Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER) (Distrito Federal); Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Estado de México); Respuesta Alternativa, A. C. Servicio de Derechos Humanos y Desarrollo Comunitario (San Luis Potosí); Servicio, Paz y Justicia de Tabasco, A.C. (Villahermosa, Tab.); Servicios de Inclusión Integral, A.C. (Pachuca, Hidalgo); Taller Universitario de Derechos Humanos, A. C. (Distrito Federal); Tequio Jurídico A.C. (Oaxaca, Oax).
Organizaciones internacionales. Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala –ICCPG; Pro-Búsqueda (El Salvador); Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente AIDA (organización regional) Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (organización regional); Corporación Sisma Mujer (Colombia); Espacio Público (Venezuela); Centro Regional por los Derechos Humanos y la Justicia de Género Corporación Humanas (Chile); Mesa nacional para las Migraciones y refugiados en República Dominicana; Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú; Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (Colombia); Fundación Étnica Integral (República Dominicana); Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (Honduras); Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Ecuador); Centro de Documentación en Derechos Humanos “ Segundo Montes Mozo S.J.”(Ecuador); Fundación Myrna Mack (Guatemala) y Centro Nicaragüense de Derechos Humanos.

Chihuahua, Chih., México, 15 de Noviembre del 2014